Buscar este blog

viernes, 26 de agosto de 2011

La Reforma de la Constitución Española como medida anticrisis en el 2011

Hay cosas que nos pueden llamar la atención y otras no tanto. Pero una cosa está clara: ¿a qué se debe las prisas por reformar la Constitución Española y a adoptar una serie de medidas muy contrarias a lo que se estaba haciendo hasta ahora?.

Dejando esa pregunta a la interpretación-reflexión de cada cual, nos centraremos sobre todo en destacar El contenido de la Reforma de la Constitución Española como medida anticrisis en el 2011. Para combatir el exceso de gasto público se ha fijado en ella un techo o tope máximo del déficit público. Lo que debemos saber es lo siguiente:
 
  1. No aparece cantidad fija alguna reflejada en esta modificación: es decir, en lugar de aparecer la cifra concreta en la Constitución, ésta se desarrollará según la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria. En teoría se hace de esta forma para dar mayor flexibilidad en el gasto social.
  2. Se establece expresamente que los límites que marque la Ley Orgánica sólo podrán superarse «en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria».
  3. La Ley Orgánica establecerá que «el déficit estructural global» del conjunto de las Administraciones no podrá superar el 0,4% del PIB a partir del 2020. El límite para los presupuestos del Estado será del 0,26%; el de las Comunidades Autónomas del 0,14%, y el de los Ayuntamientos del 0%». La nueva norma, de carácter "orgánico", «deberá ser aprobada con urgencia antes del 30 de junio del 2012», ya en la próxima legislatura, pero podrá ser revisada en el 2015 y el 2018. La Ley también fijará cuál es la senda de reducción progresiva del nivel de deuda hasta el 2020 de acuerdo «con el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea».
  4. Por último, el artículo afectado sería el 135 Constitución Española, que quedaría redactado de la siguiente:


No hay comentarios:

Publicar un comentario